5 octubre, 2026

Hacienda retrasa otra vez Verifactu y lo apunta a la factura electrónica obligatoria en octubre de 2028

El Ministerio de Hacienda ha aplazado de nuevo la entrada en vigor del sistema de verificación de facturas Verifactu para sincronizar su calendario con el de la factura electrónica obligatoria, cuya implantación para empresarios y profesionales con facturación inferior a 8 millones de euros queda fijada para octubre de 2028. La Agencia Tributaria ha accedido a la petición de moratoria formulada por colectivos de asesores fiscales y el Gobierno ha dado su conformidad.

En un comunicado, Hacienda explica que la decisión persigue “alinear” normativa y aspectos técnicos entre la regulación de la factura electrónica y el reglamento de Verifactu, con el fin de facilitar su convergencia. Por ello, la obligación de implantar la factura electrónica para pymes y autónomos se iniciará en octubre de 2028, y el despliegue de Verifactu se ajustará a ese mismo calendario.

Además de esa sincronización temporal, el Ministerio plantea modificar determinados ámbitos de aplicación y cuestiones técnicas para homogeneizar ambos marcos normativos, pensando también en el futuro reporte digital exigido por la directiva ViDA de la Unión Europea, que entrará en vigor en 2030.

La medida amplía el plazo de adaptación para pymes y autónomos, que habían denunciado que muchas empresas pequeñas no están preparadas y que la implementación inmediata de Verifactu aumentaría costes. La Asociación Española de Asesores Fiscales (Aedaf) celebró la decisión, defendiendo una “transición ordenada hacia un modelo armonizado” que reduzca costes, evite duplicidades y mejore la eficiencia del sistema tributario.

Verifactu es un mecanismo que endurece los requisitos técnicos de los sistemas de facturación para combatir el fraude fiscal: obliga a generar automáticamente un registro inmodificable y no borrable cada vez que se emite una factura, garantizando su trazabilidad. Ese registro debe conservarse bien en la Agencia Tributaria (modalidad Verifactu) o en el propio software de facturación (modalidad no Verifactu).

  •   Texto visible: Fuente: La Vanguardia (5 de octubre de 2026)

Contenido elaborado por el equipo de expertos fiscales, contables y financieros de Asesoría Garrido.

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